Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1888-1889 (Cortes de 1886 a 1890)
Sesión: 19 de marzo de 1889
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Marqués de Vadillo
Número y páginas del Diario de Sesiones: 73, 1954
Tema: Publicación del Código civil

Voy a decir, en deferencia al Sr. Marqués de Vadillo, dos palabras nada más.

Claro está que el Gobierno no puede declarar que el Código está exento de defectos. ¿Qué obra humana no los tiene? Y la obra de un Código es obra de demasiada importancia y gravedad para que salga perfecta. Pero yo debo advertir al Sr. Marqués de Vadillo que lo que S.S. estima que son defectos en el Código, otros Sres. Diputados pueden creer que son conveniencias y primores. (El Sr. Marqués de Vadillo: Eso es lo que lamento). Pues esa lamentación podrá hacerse siempre, dentro de diez años y dentro de veinte. (El Sr. Landecho: Es que eso está fuera de la ley de bases). Será en opinión de S.S.; pero en la mía, y sobre todo en la de muchos letrados tan ilustrados como S.S., es lo contrario; y hasta ahora puedo apoyarme en la opinión del Senado y en la del Congreso, que ha desechado la enmienda del Sr. Marqués de Vadillo; de modo que yo tengo a mi lado a muy ilustres letrados, al Senado y al Congreso; voy, pues, en buena compañía.

Pero el Sr. Marqués de Vadillo se apura porque cree que estos que S.S. considera defectos, y que otros señores podrán considerar que no lo son, no se van a poder corregir hasta dentro de diez años. Está S.S. en un error, y yo voy a tranquilizarle. Aparte de ese medio que da el Código para que se vaya corrigiendo y perfeccionando con arreglo a los datos que la experiencia suministre, quedará siempre viva la iniciativa de S.S. y la de todos los Sres. Diputados y Senadores. (El Sr. Pons: ¡Si no sirve para nada, a pesar de haberse demostrado que se han infringido las bases!). Eso será en opinión de S.S. (El Sr. Pons: Y en opinión de la Comisión del Senado). Eso, no; porque el Senado ha votado que el Código está conforme con las bases, y yo no debo admitir la opinión de S.S. como mejor que la opinión del Senado. (El Sr. Pons: No es una opinión, es la relación de los hechos). Pues la relación de los hechos ha demostrado otra cosa en el Senado, y lo ha demostrado para otros señores tan entendidos como S.S. en esta materia.

Pero, sea de ello lo que quiera, decía y repito que siempre queda viva la iniciativa de los Diputados y Senadores para modificar aquellos artículos que crean que deben ser modificados y enmendados; de modo que la corrección del Código puede ser obra diaria, constante, aparte de los medios que el mismo Código determina para su modificación y reforma. No hay, pues, motivo ninguno de alarma, y el Sr. Marqués de Vadillo puede tranquilizarse; porque S.S., que tiene mucho talento y es muy entendido en estas cosas, podrá presentar aquí proposiciones de ley que contengan sus aspiraciones respecto a ciertos puntos del Código; que como tenga razón S.S., el Congreso se la dará, y se la dará el Senado; y concediendo su aprobación las Cortes, y sancionándola S. M., resultará la modificación con todos los trámites usados para modificar las leyes.

Pero dice el Sr. Marqués de Vadillo: es que yo propongo ahora ciertas modificaciones que no se aceptan. Y, Sr. Marqués de Vadillo, ¿por dónde ha de creer S.S., y si lo cree, por dónde ha de pretender que prevalezca la opinión de S.S. sobre la de los demás, y que sea la suya la buena y no la de los demás? Pues a esto se reduce todo. El Sr. Marqués de Vadillo cree una cosa respecto del Código civil como muy conveniente, y otros creen que sería inconveniente; esto sucede siempre en todas las cuestiones a debatir; y ésta se ha discutido, porque estaba en estudio desde hace muchos años, han convenido en ella personas distinguidísimas de mucha autoridad en la materia, y por consiguiente, S.S., resignándose con lo que hay, debe considerar que alguna razón habrá para sostener como bueno lo que se sostiene, y no aceptar lo que propone S.S., que podrá ser muy bueno en su opinión, pero no tan bueno como la obra de los demás.

En resumidas cuentas: S.S. dirá ante el Congreso lo que crea mejor; pero tenga la seguridad de que como por cualquier motivo el Código civil no se apruebe y practique, después de haber pasado setenta años desde que se empezó a elaborar, pasarán otros setenta de aplazamiento en aplazamiento, antes de que se planteé una obra que sin duda ninguna, aun en concepto de los mismos que la han impugnado, es un progreso y un adelanto sobre lo que había. Pues admitamos ese progreso y ese adelanto, sin perjuicio de enmendar aquellos defectos que la experiencia nos vaya demostrando. No tengo más que decir. [1954]



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